Deberes y Derecho de las ARL

Deberes y Derecho de las ARL

• Contratar o conformar equipos de prevención de riesgos laborales.
• Contratación de personas naturales o jurídicas debidamente licenciadas por las Secretarías de Salud Locales, para la prestación de servicios de salud ocupacional a terceros.
• Adquirir, fabricar o arrendar los equipos y materiales para el control de factores de riesgo en la fuente y en el medio laboral.
• Aceptar a todos los afiliados que soliciten vinculación a la ARL.
• Asesoría básica para las empresas en cuanto al diseño del Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo SG-SST.
• Capacitación básica para brigadistas de emergencia.
• Capacitación al Vigía y/o Copaso de las empresas afiliadas
• Fomento de estilo de vida y trabajo saludables.
• Asesoría técnica.
• Evaluación del sistema de gestión de la seguridad en el trabajo.
• Vigilancia y control a sus empresas afiliadas.

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